Quién hizo la ley, hizo la trampa

Según un Comunicado de prensa de la empresa DVuelta, experta en gestión de multas de tráfico, no debemos resignarnos al pronto pago de la citada multa, ya que ello conlleva la aceptación de esta. Yo me enteré hace poco de esto, la verdad es que no tenía ni idea, por lo que pienso que es una información puede ser bastante útil.

Dicho comunicado, está redactado por la dirección jurídica de DVUELTA.

El contenido de este, es de un rigor jurídico absoluto, según Miguel Javaloyes, Director Jurídico de DVUELTA.

Dice así:

dvuelta

COMUNICADO DE PRENSA

La denuncia del agente no supone la pérdida automática puntos, como se intenta hacer creer a los conductores LA P?RDIDA DE PUNTOS POR SANCIONES DE TRÁFICO PUEDE EVITARSE O DEMORARSE HASTA DOS A?OS.

Acogerse al descuento por pronto pago finaliza el procedimiento y, consecuentemente, deriva en pérdida instantánea de puntos. Se está creando una innecesaria alarma social basada en la desinformación.

Tras una semana de implantación del nuevo sistema del permiso por puntos, se ha generado una gran alarma social. DVUELTA, asociación dedicada a la defensa de los conductores, denuncia que las Administraciones Públicas, y en especial la Dirección General de Tráfico, está transmitiendo a los conductores, a través de los medios de comunicación, la falsa idea de que los puntos se restan automáticamente con la formulación de una simple denuncia de tráfico. DVUELTA recuerda que para que los puntos se puedan restar del permiso de conducir, la Administración debe tramitar el oportuno procedimiento sancionador, y hasta que no se dicte una resolución firme, los puntos permanecerán en el permiso del conductor. Por lo tanto, si un ciudadano recurre sus multas podrá, en primer lugar, anular las denuncias, y en el peor de los casos, retrasar de uno a dos años la efectiva retirada de puntos del permiso, y hasta tres o cuatro, si se interpone recurso contencioso administrativo.

Por otra parte, DVUELTA quiere resaltar que la Dirección General de Tráfico no está cumplimentando correctamente las denuncias a los conductores ya que en el reverso de los nuevos impresos normalizados de denuncia se hace constar que el denunciado puede pagar con reducción del 30% el importe de la multa, pero no se indica que en tal caso el procedimiento finaliza automáticamente, y que el denunciado verá perdidos los puntos de forma automática; en ese caso, además, el supuesto ahorro queda anulado ya que habrá que desembolsar los alrededor de 200 euros que costará el curso para recuperar puntos.

La omisión de la información sobre la pérdida automática de puntos al pagar con 30% de descuento, fundamental en opinión de DVUELTA, lleva al equívoco a los conductores ya que se les incita al pronto pago para beneficiarse de una reducción económica sin que por otra parte se les indique el detrimento automático del crédito de sus puntos, y por consiguiente, el desembolso
posterior para recuperar los mismos.

Por último, la mayoría de los Ayuntamientos no han incorporado a sus procedimientos de tramitación de expedientes sancionadores las previsiones contenidas en la nueva legislación. Las denuncias entregadas a los conductores no indican los puntos que se les pueden restar, a pesar de ser infracciones que, a tenor de la nueva Ley, llevan aparejadas pérdidas de puntos. Ello implica que en un trámite posterior la Administración no podrá restar los puntos, toda vez que la normativa exige que se notifique al denunciado desde el inicio del procedimiento la responsabilidad concreta a qué da lugar la comisión de la infracción denunciada.

En fin, que espero que os haya servido de ayuda y si alguien tiene alguna información más, puede ponerla aquí.

9 comentarios

  1. R

    Pues a mi me molaba este blog.. pero esto tiene un tufo de publicidad encubierta.. (no digo ni que lo sea ni que no lo sea.. sólo que es lo que aparenta)

  2. cuatropelos

    Curioso, curioso, si señor…habrá que apuntarlo.

  3. Capitán Nemo

    Vamos a aclarar algunas cosas.

    Cada uno es libre de pensar lo que quiera y también de expresarlo (siempre dentro de unos límites razonables de respeto hacia el otro).

    Partiendo de esto puedo decir, que al igual que se ha dudado de la buena fe de este artículo (por lo de la publicidad) yo puedo escribir lo que me de la gana, ya sea en artículos o comentando cosas.

    Si alguien tiene dudas de si esto es publicidad encubierta, que deje una dirección de correo y le enviaré gustosamente el pdf que me ha llegado por correo, con el texto citado.

    También puedo hacer ver, que no existe ningún enlace web dentro del artículo, ni se mencionan como son los servicios de dicha empresa. La única publicidad que se pone en este blog, es la AdSense de Google para hacer algo llevadero los gastos de hospedaje del sitio. Y no existe ninguna otra forma de publicidad hacia las empresas. Y digo hacia las empresas, porque en lo que se refiere a otros blogs o artículos no creo que haya problemas.

    De todas formas, como he dicho antes, como cada uno es libre de pensar lo quiera, también es libre de leer lo que quiera.

    He de decir, que yo también dudé en poner o no dicho post, ya que efectivamente puede parecer otra cosa, pero luego lo pensé y lo pusé. El porque es muy sencillo. No creo que me deba de coartar a la hora de escribir los post, porque como he dicho antes, puedo y debo escribir lo que me de la gana (en eso consiste la libertad) y no tengo que dar explicaciones de nada a nadie. En todo caso, al único que podría darselas es al miembro fundador del pitoble, Quatermain.

    Una última palabra. ¿Acaso está prohibido postear sobre cosas comerciales? Si un día voy a un centro comercial y compro algún cacharro ¿acaso no voy a poder postear sobre el cacharro que he comprado y que será muy chulo, por miedo a que la gente piense que estoy insertando publicidad?
    Creo que no. Y por mucho que parezca otra cosa, creo que seguiré posteando libremente.

    En muchos momentos de la vida, uno no hace lo que quiere. En el trabajo uno se comporta de una forma mas recatada y realiza el trabajo que le indica su jefe. En casa, normalmente se convive con más personas, por lo que tampoco puedes comportarte como si se estuviese solo.
    El blog, es de las pocas cosas en las que yo personalmente puedo expresar con más libertad lo que pienso, lo que siento y lo que soy. Y este es otro motivo mas, que me impulsa a escribir para los que me quieran leer.

  4. Quatermain

    Sólo tengo una cosa que decir: que estoy totalmente de acuerdo con el comentario de Nemo.

    Y que en cuanto a tufos, R sí que tiene un tufillo… a troll. (n)

  5. R

    Hola Nemo, veo que estamos totalmente de acuerdo, sobre todo cuando dices:

    «Cada uno es libre de pensar lo que quiera y también de expresarlo (siempre dentro de unos límites razonables de respeto hacia el otro).»

    Que es exactamente lo que yo he hecho.

    En cuanto al resto, me alegro mucho que te hayas dignado a dar explicaciones (aunque como dices no tengas por qué darlas), porque así todo queda más claro, no sólo para mí, sino para algunos otros que habrán pensado lo mismo que yo y no habrán comentado nada.

    Así que tu comentario creo que beneficia al blog, que como he dicho desde el principio me gusta bastante.

  6. R

    Para finalizar y como reza el título de los comentarios «No te calles, di lo que quieras», me gustaría dar mi opinión sobre este tipo de empresas de gestión de multas:

    Me parecen uno de los mayores timos de los últimos años. Pero eso es sólo mi opinión.. y una opinión un tanto «arriesgada» por que nunca he usado los servicios de ninguna de estas empresas (ni los usaré).

    Entonces en qué me baso para decir esto? Si he recurrido multas con ayuda de abogados y buenos (amigos) pero nunca he tenido más éxito que demorar el pago de la multa. Al final si la multa es justa la vas a pagar sí o sí. O mucha suerte tienes que tener para que se pasen los plazos de notificación, pero eso ya no pasa, además que ahora no hace falta que te lo notifiquen fehacientemente en tu casa, con que aparezca en el boe considérate notificado..

  7. Quatermain

    Bien, R, leidos tus dos últimos comentarios, creo que te debo una disculpa por pensar que podrías ser un troll.

    Ya veo que no lo eres. (y)

    Me alegra ver que la gente se entiende hablando. :)

  8. Germán

    R.:

    Quizá tus amiguetes abogados no fueron capaces de anular tus sanciones por no ser especialistas en la materia. En derecho, como en todo, la especilización manda.

    Y no es casualidad que Pere Navarro quiera cambiar la Ley porque, como reconoce, los recursos de multas están paralizando su querida Ley de los Puntos.

    Y para terminar, te recomiendo que antes de hablar de derecho con tanta alegría, te informes un poquito. La notificación edictal tiene naturaleza subsidiaria y extraordinaria. Quiere decirse que sólo es válida cuando se haya intentado notificar personalmente al interesado en dos ocasiones a horas distintas y en días distintos. Art. 59 Ley 30/1992. Y la Administración incumple estas obligaciones sistemáticamente.

    Soy abogado especialista en derecho administrativo. Opino que la defensa jurídica puede prosperar si es de calidad.

    Saludos.

    Saludos

  9. JUAN CARLOS

    He estado asegurado con DVUELTA,me pillarón hablando por el móvil,les envié la multa para que la recurrieran y seis meses después toca pagar 200 lereles y perdida de 6 puntos,no se lo recomiendo a nadie,me siento estafado

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